Las advertencias sobre sanciones millonarias para negocios que transmitan partidos de la Copa Mundial de la FIFA 2026 generaron inquietud entre restauranteros, hoteleros y propietarios de bares en México. Sin embargo, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) aclaró que existe una diferencia importante entre las infracciones por retransmisión no autorizada y aquellas relacionadas con el uso indebido de marcas protegidas por la FIFA.
A unos días del inicio del torneo, la autoridad mexicana confirmó que sí existen riesgos legales para los establecimientos que utilicen las transmisiones con fines comerciales sin contar con las autorizaciones correspondientes, aunque las multas difundidas en redes sociales y diversos medios no aplican de forma directa a todos los casos.
IMPI aclara el alcance real de las multas
La polémica comenzó luego de que circulara información que aseguraba que los negocios podrían recibir sanciones de hasta 29 millones de pesos por proyectar partidos del Mundial.
No obstante, el IMPI explicó que esa cifra corresponde a infracciones específicas en materia de propiedad industrial y comercio, particularmente aquellas relacionadas con el uso indebido de marcas registradas y otras conductas contempladas en la legislación mexicana. La retransmisión no autorizada de señales deportivas tiene un esquema de sanciones distinto.
De acuerdo con la aclaración oficial, las multas por retransmitir partidos sin autorización pueden alcanzar aproximadamente los 586 mil pesos, dependiendo de las circunstancias de cada caso. Además, las autoridades podrían aplicar medidas adicionales cuando exista beneficio económico derivado de la exhibición pública de los encuentros.
No solo se vigilan las transmisiones
La protección legal alrededor del Mundial 2026 va mucho más allá de los partidos.
La FIFA cuenta con más de 340 registros de propiedad intelectual vinculados al torneo, incluyendo logotipos, mascotas, nombres oficiales, frases promocionales y otros elementos comerciales. El uso de estos activos en campañas publicitarias, promociones especiales o materiales de mercadotecnia sin autorización podría derivar en procedimientos legales y sanciones económicas.
Las autoridades también han advertido sobre prácticas conocidas como “mercadotecnia de emboscada”, donde una empresa intenta aprovechar la popularidad del evento para aparentar una relación comercial con la FIFA sin ser patrocinador oficial.
Clausuras y otras medidas también están sobre la mesa
Además de las multas económicas, el marco legal contempla la posibilidad de imponer medidas cautelares, suspensiones e incluso clausuras temporales en casos donde se determine una infracción o exista incumplimiento de las disposiciones emitidas por la autoridad.
Por ello, especialistas recomiendan que bares, restaurantes, hoteles y comercios revisen cuidadosamente las condiciones de uso de las plataformas o servicios de televisión que contratarán para transmitir los encuentros durante el torneo.
Con millones de aficionados siguiendo cada partido y con México como una de las sedes del Mundial 2026, la vigilancia sobre los derechos de transmisión y la propiedad intelectual promete convertirse en uno de los temas más relevantes fuera de la cancha.
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