El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí revocó los acuerdos mediante los cuales el CEEPAC autorizó la inscripción local del partido Somos y le asignó financiamiento público. La resolución, aprobada por unanimidad el 9 de octubre, obliga a revisar el expediente y subsanar las deficiencias detectadas.
La decisión se dictó en el expediente TESLP/RR/07/2026, promovido por Morena. El conflicto se centra en la forma en que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) valoró los requisitos de un partido político nacional para inscribirse en el ámbito local, así como en los fundamentos utilizados para distribuir recursos públicos.
¿Qué irregularidades detectaron los magistrados?
El Tribunal determinó que el órgano electoral solicitó elementos que no estaban expresamente previstos como requisitos indispensables y que, al mismo tiempo, no verificó adecuadamente otros exigidos por el artículo 137 de la Ley Electoral estatal, particularmente la acreditación del domicilio oficial del Comité Directivo Estatal.
Esto obliga a reponer las actuaciones necesarias para que el CEEPAC emita una determinación fundada y motivada. La sentencia se refiere a la inscripción estatal y no significa que Somos haya perdido automáticamente su registro nacional.
La controversia por los recursos públicos
Otro aspecto cuestionado fue la aplicación del artículo 158 de la legislación electoral local para justificar las prerrogativas de Somos, ya que su alcance está referido a partidos políticos locales. En agosto, el CEEPAC había previsto alrededor de 1.53 millones de pesos para el resto de 2026, cantidad cuya asignación quedó sin sustento en los términos originalmente aprobados.
Eso no permite concluir, sin una comprobación adicional, que todos esos recursos se hayan entregado o deban reintegrarse. La situación presupuestaria concreta tendrá que aclararse mediante las actuaciones oficiales correspondientes.
Un segundo recurso también quedó sin materia
La revocación repercutió en el expediente TESLP/RR/05/2026, promovido por representantes de Somos para cuestionar desde cuándo debían calcularse sus prerrogativas. Ese asunto quedó sobreseído al desaparecer el fundamento administrativo de la asignación impugnada.
¿Podrá participar Somos en 2027?
La sentencia local no resuelve definitivamente la participación del partido en el proceso de 2027. El siguiente paso es la nueva revisión a cargo del CEEPAC. También se señaló la necesidad de precisar en la legislación estatal las reglas de financiamiento para partidos nacionales de reciente inscripción, tomando en cuenta las restricciones temporales para reformar normas electorales antes de una elección.
El expediente de Somos debe distinguirse del relativo a PAZ: aunque ambos involucran controversias por inscripciones locales, sus impugnaciones y determinaciones judiciales son independientes.
Fotografía de archivo: La Jornada.
Fuentes
Tribunal Electoral del Estado: resoluciones 2026 · Antena San Luis: resolución de Somos · Antecedentes del expediente.
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